AUXILIO JUDICIAL
 

Funciones

Corresponde al Cuerpo de Auxilio Judicial, con carácter general, bajo el principio de jerarquía y de acuerdo con lo establecido en las Relaciones de Puestos de Trabajo, la realización de cuantas tareas tengan carácter de auxilio a la actividad de los órganos judiciales.
  
Requisitos
 
Nacionalidad: Ser español.
Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
Titulación: poseer la titulación de graduado en E.S.O o equivalente.
Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica  incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
Habilitación: No haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad mayores de tres años, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas, salvo que hubiera sido debidamente rehabilitado, ni pertenecer al mismo Cuerpo a cuyas pruebas selectivas se presenten.
           
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