EL SISTEMA DE ACCESO: CONCURSO-OPOSICIÓN

 

            1.- FASE DE OPOSICIÓN

       Primero. Test de 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas de conocimientos de las materias del programa.

La duración del ejercicio de será de 75 minutos.
 
Se calificará de 0 a 100 puntos.
 
Las preguntas acertadas se valorarán con 1 punto; las preguntas no acertadas descontarán 0,25 puntos; las preguntas no contestadas no serán puntuadas.
 
           El Tribunal, a la vista del número y nivel de conocimientos de los aspirantes presentados decidirá cual será la puntuación mínima para superar este ejercicio en cada ámbito territorial, puntuación que no podrá ser inferior a 50 puntos y hará público dicho acuerdo. Los opositores que no alcancen dicha puntuación mínima tendrán la consideración de suspensos y no serán convocados a los restantes ejercicios de la oposición.
 
     Segundo. Test de 50 preguntas con cuatro respuestas alternativas referidas a dos casos prácticos relacionados con las funciones atribuidas al Cuerpo.

            Se calificará de cero a cien puntos en total, quedando eliminados los opositores que no obtengan puntuación en alguno de los dos casos prácticos.
 
         Las preguntas acertadas se valorarán con 2,00 puntos. Las no acertadas descontarán 0,50 puntos y las no contestadas descontarán 0,25 puntos. Si el resultado fuera un número negativo se calificará con 0 puntos.
 
             La duración del ejercicio será de 45 minutos.
 
           El Tribunal, a la vista del número y nivel de conocimientos de los aspirantes presentados decidirá cual será la puntuación mínima para superar este ejercicio en cada ámbito territorial, puntuación que no podrá ser inferior a 50 puntos y hará público dicho acuerdo.
 
            La calificación de la fase de oposición vendrá dada por la suma de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
           
 
          Hay, además, pruebas optativas, no eliminatorias, para evaluar el conocimiento de la lengua oficial propia distinta del castellano  o el Derecho civil especial común o foral de las comunidades autónomas que lo tengan.
 
            Concluidos los ejercicios obligatorios de la fase de oposición y la fase de concurso, los aspirantes comprendidos en la relación de aprobados que concurran por ámbito territorial con lengua autonómica propia, distinta del castellano, serán emplazados para la realización del ejercicio de carácter optativo, no eliminatorio, que acredite el conocimiento de dicha lengua, si así lo hubieran solicitado en su instancia.
 
            En ese mismo momento, el Tribunal Delegado correspondiente procederá a la valoración de la documentación acreditativa del conocimiento del idioma, que se hubiere presentado oportunamente, por los opositores que hayan optado por acreditar documentalmente el conocimiento del mismo.
 
             Para aquellos opositores que, hayan optado por ambos sistemas, la puntuación otorgada será la más alta que en su caso corresponda, sin que en ningún caso pueda ser acumulativa.
 
            En el ámbito de la Comunidad Autónoma Valenciana:
            - Certificado de grado elemental oral y escrito del valenciano: Seis puntos.
            -Certificado de grado medio oral y escrito del valenciano: Doce puntos.
            -Certificado de grado superior oral y escrito del valenciano: Dieciocho puntos.
 
            Del mismo modo y con los mismos efectos, se procederá para la valoración de los conocimientos del derecho civil foral de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
           
            2.- FASE DE CONCURSO

            Los opositores que aprueben los ejercicios de la fase de oposición pasarán a la fase de concurso, en la que se valorarán los méritos siguientes:
 
            A. Títulos y grados académicos. Puntuación máxima de 12 puntos.
 
            -Licenciatura en Derecho: 12 puntos.
            -Otras Licenciaturas distintas a Derecho: 10 puntos.
            -Tres primeros cursos completos de la licenciatura en Derecho o titulación equivalente: 8 puntos.
-Otras Diplomaturas distintas a Derecho: 6 puntos.
-Título de Bachiller o equivalente: 4 puntos.
 
            B. Historial profesional. Puntuación máxima de 7 puntos.
           
             1. Títulos, Diplomas, Certificaciones que acrediten conocimientos jurídicos obtenidos en cursos de formación convocados, impartidos u homologados por el Ministerio de Justicia, u órganos competentes en materia de Justicia de las Comunidades Autónomas; así como los organizados por el Consejo General del Poder Judicial, y por centros o instituciones oficiales dependientes de las Administraciones Públicas de ámbito nacional, autonómico o internacional, hasta un máximo total de 5 puntos.
 
             Por cada curso de hasta 19 horas lectivas: 0,5 puntos, si se acredita el aprovechamiento; si no se acredita: 0,25 puntos.
 
              Por cada curso de entre 20 y 79 horas lectivas: entre 0,5 y 1,5 puntos, si se acredita el aprovechamiento; si no se acredita: entre 0,25 y 0,75 puntos.
 
               Por cada curso de entre 80 y 160 horas lectivas o más: de 1,5 a 3 puntos, si se acredita el aprovechamiento; si no acredita: de 0,75 a 1,5 puntos.
 
                Los cursos, certificaciones o diplomas en los que no conste el número de horas lectivas no se valorarán.
 
          2. Títulos, diplomas y certificaciones que acrediten conocimientos informáticos, obtenidos en Cursos de formación impartidos en centros Oficiales o reconocidos por el Ministerio de Educación y Ciencia, así como los impartidos por organismos e instituciones oficiales dependientes de las Administraciones públicas o incluidas en los planes de formación de las mismas; hasta un máximo de 2 puntos:
 
           -Por cada curso de hasta 19 horas lectivas: 0,3 puntos, si se acredita el aprovechamiento; si no se acredita: 0,15 puntos.
             -Por cada curso de entre 20 y 79 horas lectivas: entre 0,3 y 1 puntos, si se acredita el aprovechamiento; si no se acredita: Entre 0,15 y 0,5 puntos.
             -Por cada curso de entre 80 y 160 horas lectivas o más: de 1 a 2 puntos, si se acredita el aprovechamiento; si no acredita: De 0,5 a 1 punto.
             -Los cursos de igual o similar contenido sólo se valorarán una vez.
 
            C. Conocimiento de idiomas extranjeros: Se valorará la acreditación del nivel de conocimiento alcanzado obtenida en centros oficiales u homologados por éstos.
 
            -Conocimiento de nivel básico: 0,5 puntos;
            -de nivel intermedio: 1 punto;
            -y de nivel avanzado: 1,5 puntos.
 
            La puntuación máxima por este concepto será de 2 puntos.
 
         D. Por haber aprobado ejercicios de la oposición de acceso al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa u Oficiales de la Administración de Justicia en las últimas dos convocatorias, hasta un máximo de ocho puntos.
 
            Por cada uno de los ejercicios aprobados (primero y segundo) dos puntos.
 
        E. Servicios prestados como titular o interino en los Cuerpos de la Administración de Justicia y/o en Cuerpos de otras Administraciones Públicas, o como personal laboral (hasta un máximo de 21 puntos):
 
        -Por cada mes completo de servicios prestados como funcionario interino en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, (antes de Oficiales de la Administración de Justicia) o como sustituto en este mismo Cuerpo: 0, 18 puntos.
          -Por cada mes de servicios prestados en los demás Cuerpos y Escalas generales al Servicio de la Administración de Justicia o en el de Secretarios Judiciales: 0,1
        -Por cada mes de servicios prestados en Cuerpos de otras Administraciones públicas o como personal laboral: 0,05.
            Los períodos inferiores al mes no se computarán.

 

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